AYUDAS INVERSIONES INCOMTRA

Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios (INCOMTRA)

Beneficiario:

Personas físicas o jurídicas, y las comunidades de bienes, que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva en territorio de la Región de Murcia y que tengan, dentro de su objeto social, el desarrollo de alguna de las siguientes actividades incluidas en el CNAE-2009, condicionado a las limitaciones sectoriales:

  • CLASE 01.63. Actividad de preparación posterior a la cosecha (Centrales hortofrutícolas)
  • CLASE 20.53. Fabricación de aceites esenciales
  • DIVISIÓN 10. Industria de la alimentación
  • DIVISIÓN 11. Fabricación de bebidas

Gastos elegibles:

  • La construcción y adquisición (incluido el arrendamiento financiero) o mejora de bienes inmuebles.
  • La compra de maquinaria y equipos nuevos, hasta el valor de mercado del producto. Será posible el arrendamiento con opción de compra si éstas incluyen un compromiso de compra en el que se prevea que el beneficiario llegue a ser propietario de la maquinaria o del equipo que se trate.
  • los costes generales vinculados a as inversiones subvencionables, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
  • las siguientes inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor, marcas registradas.

Solo serán subvencionables los gastos efectuados después de haberse presentado la solicitud de ayuda.

La ayuda puede llegar al 35% al 40% dependiendo del producto final a producir. Para Gran Empresa la ayuda será del 18%.

El plazo de solicitud finaliza el 13.03.2023. Inversiones aceptadas en 2023 y 2024.

NO RECIBIRÁ AYUDA, si el producto obtenido como resultado del plan de inversión objeto de la ayuda contiene un 10% o más de aditivos alimentarios y coadyuvantes tecnológicos, tal como establece el Artículo 3.2) del Reglamento (CE) 1333/2008, sobre aditivos alimentarios.

AYUDAS INFO Promoción Exterior

Ayudas a la internacionalización de PYME de la Región de Murcia

Plazo de solicitud: hasta el 31.12.2021

Ayudas a fondo perdido: hasta el 50% de los gastos; máximo 70.000€ por empresa.

Gastos elegibles:

  • Prospección individual de la empresa a nuevos mercados objetivo para la realización de agendas de trabajo. Coste elegible máximo 4.000 euros. Máximo 2 viajes.
  • Participación en ferias y exposiciones internacionales de forma agrupada o individual. Coste elegible máximo 60.000 euros.
  • Acciones de marketing internacional (diseño y traducción de material promocional, desarrollo de nuevas herramientas telemáticas, gastos de publicidad en medios extranjeros). Coste elegible máximo 40.000 euros.
  • Gastos de registro de marcas y patentes en los mercados de destino. Coste elegible máximo 10.000 euros.
  • Compra de pliegos y traducción de documentos relacionados con procesos de contratación pública internacional. Coste elegible máximo 6.000 euros.
  • Implantaciones en el exterior de naturaleza comercial o productiva y siempre que no supongan el establecimiento y la explotación de redes de distribución en otros países. Coste elegible máximo 20.000 euros.

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Ayudas INFO de apoyo a inversiones productivas y tecnológicas. Región Murcia

Abierta convocatoria para inversiones productivas en la Región de MURCIA.

Gastos elegibles:
La adquisición de activos productivos materiales nuevos, realizada a terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.
Quedan excluidos la compra de terrenos, edificaciones, elementos de transporte externos y obra civil (las instalaciones en fontanería y alumbrado, se consideran obra civil).

Inversión elegible mínima: 50.000 euros.
Inversión no iniciada antes de la presentación de la solicitud de ayuda.

Ayuda máxima: 35% para mediana empresa, 45% para pequeña empresa

Plazo de solicitud: hasta 28.10.2021

Plazo de ejecución: desde la solicitud hasta 12 meses después de resolución.

Beneficiarios: PYME industrial con sede en la Región de Murcia (enlace a la definición de pyme)

Solicitud, exclusivamente por vía telemática, por lo que es necesaria la firma electrónica.

Si está interesado contacte a la mayor brevedad.

Se exigirán, entre otros documentos, 3 ofertas o facturas proforma de todos los bienes que superen los 15.000€.

Apoyo a Inversiones Productivas y Tecnológicas. Región de Murcia

Plazo de solicitud cerrado anticipadamente: 12.04.2021

Beneficiarios:

Proyectos subvencionados:

  • Adquisición de activos materiales e inmateriales nuevos, provenientes de terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas cuya inversión mínima y máxima sea 100.000 y 900.000 euros respectivamente.
  • Quedan excluidas las compras de terrenos, edificios, elementos de transporte exterior y obra civil.

Inversiones admitidas desde el 1 de marzo de 2020 hasta marzo 2022

Cuantía de ayudas:
Subvención a fondo perdido.

  • Empresa mediana: hasta 35%,
  • Empresa pequeña: hasta 40%,
  • Microempresa y autónomos: hasta 45%.
  • Máximo 250.000€ por beneficiario.

Presentación de solicitudes:

Desde el 14.01.2021 hasta 30.04.2021.

Sólo vía telemática.

REINDUSTRIALIZACIÓN 2020

10-12-2020 resoluciones definitivas RCI 2020

06-10-2020 resoluciones provisionales RCI 2020

Publicada la convocatoria de ayudas REINDUSTRIALIZACIÓN 2020 con IMPORTANTES cambios respecto a convocatorias anteriores.

Beneficiarios: Empresas industriales, CNAE: 10 a 32 y 38.2

Conceptos subvencionables: Inversiones industriales productivas.

Plazo de solicitud: hasta 20.08.2020.

Plazo ejecución inversiones: 01.02.2020 a 31.12.2020.

Partida presupuestaria: 341 Mill€.

Ayuda: préstamo 75% de inversión, máximo 800.000€. Este préstamo no computa en CIRBE.

Garantías: Se solicitarán avales del 20% del préstamo concedido.

Tipos variables: año 1; 01%, años 2 y 3; 0,19%; siguientes; 0,69%.

Amortización: 6 años + 3 carencia.

Desde 1993 gestionando y obteniendo financiación pública.

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Eficiencia Energética Murcia

Fecha tope de solicitud: 4 de agosto de 2020.

Beneficiarios

Empresas pertenecientes al sector industrial incluidas en las secciones B, C y D, y perteneciente al sector terciario incluidas en las secciones E a N y P a S de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).

Renovación de equipos e instalaciones (nuevos).

Inversión mínima de 6.000 euros por actuación.
A efectos de cálculo del coste elegible máximo, se establece un ratio económico-energético máximo de 10.000 euros/tep, entre el coste elegible y el ahorro de energía final anual resultado de la inversión.
La ayuda oscila entre el 20 % y el 70 % en función del tamaño de la empresa y del ratio mencionado. Máximo 100.000 euros.

Instalaciones solares fotovoltaicas de generación de energía eléctrica para autoconsumo.

El valor mínimo de potencia pico de la instalación generadora se estable en 30 kws a efectos del ratio económico-energético máximo de 1, euros / W.
La ayuda oscila entre el 25%,35% y el 45% en función del tamaño de la empresa. Máximo 100.000 euros. Si la instalación dispone de sistemas de acumulación, los porcentajes de ayuda se incrementan en 20 puntos porcentuales.

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Ayudas COVID19 – Subvención 80%

Se reanuda plazo de presentación de solicitudes

Con efectos desde el 14 de julio a las 12.00 horas (hora peninsular) hasta el 17 de julio de 2020, a las 12.00 horas (hora peninsular), con la finalidad principal de recibir solicitudes para proyectos de inversión dirigidos a la producción de vacunas * frente al SARS-COV-2 / COVID-19.

Dirigidos a la fabricación de * cualquier producto, materia prima, reactivo, sistema de cultivo, ingrediente, aditivo o adyuvante, material de envase, componente de sistema de administración, considerado de utilidad en la producción de vacunas frente al SARS-COV-2 / COVID-19; desde la producción del antígeno hasta la formulación, elaboración, control de calidad, envasado y embalaje de las dosis vacunales. RESOLUCIÓN

Sólo se concederá una ayuda por beneficiario.
La intensidad máxima de las ayudas será del 80% presupuesto elegible. La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiarios y de las disponibilidades presupuestarias.

Proyectos de I+D:

Actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental relacionadas con la COVID-19, incluyendo la investigación sobre vacunas, medicamentos y tratamientos, productos sanitarios y equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y ropa y equipos de protección, así como las innovaciones de procesos pertinentes con vistas a una producción eficiente de los productos necesarios.

Proyectos de Inversión:

Inversiones para la fabricación de productos relacionados con la COVID-19. Se incluyen en este concepto los medicamentos (incluidas vacunas) y los tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas; los productos sanitarios, los equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección, y las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias para su producción; y las herramientas de recogida / tratamiento de datos.

  • Deberán implicar una mejora en el proceso de producción habitual del beneficiario o un incremento de su capacidad de producción.
  • Duración máxima de seis meses, a contar desde la fecha de concesión de la ayuda. Inicio en 2020 y finalización, como máximo, el 31 de octubre de 2020.
  • Presupuesto elegible máximo: 625.000 euros.
  • Subcontratación máxima: 65% del presupuesto elegible, previa autorización en la resolución de concesión. No se permite la subcontratación de entidades vinculadas al beneficiario. En el caso de contratos por importe superior a 60.000 euros deberán aportarse tres ofertas de diferentes proveedores y justificarse la elección entre las ofertas presentadas.

Costes elegibles Proyectos de I+D:

  1. Costes de personal dedicado al proyecto.
  2. Costes de materiales, fungibles, suministros y productos similares.
  3. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas a precio de mercado.
  4. Consultoría y servicios equivalentes.
  5. Costes relacionados con la obtención, validación y defensa de patentes, evaluaciones de la conformidad o autorizaciones necesarias para la comercialización.

Costes elegibles Proyectos de Inversión:

  1. Costes de personal dedicado al proyecto.
  2. Costes de materiales, suministros y productos similares.
  3. Costes de adquisición de activos fijos materiales e inmateriales.
  4. Costes de contrataciones externas necesarias para la inversión.

Los fondos son pocos: 12.000.000€, y la concesión directa. Cuando antes se presenten mejor.

Si desean más información contacten a vuelta de email.

Línea Directa Expansión CDTI

Linea Directa Expansión CDTI es una linea de ayudas a la inversión inicial en favor de una nueva actividad económica para potenciar el crecimiento de empresas innovadoras, mejorando las capacidades principalmente de las pymes y de las empresas de mediana capitalización.

Plazo Solicitud: Abierto.

Características de la Linea Directa Expansión CDTI:

  • Tipo de interés fijo: Euribor a 1 año +0,75%.
  • Préstamo (cobertura financiera) de hasta el 75% del presupuesto aprobado.
  • Devolución: 9 años, con un año de carencia desde la finalización del proyecto.
  • Tramo no reembolsable desde 10% al 25% del préstamo.

La solicitud debe presentarse antes de comenzar a trabajar en el proyecto

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Reindustrialización 2019

14.02.2020 propuestas de resolución provisional

Presentación hasta el 04.11.2019

  • Plazo de solicitud:26.09.2019 hasta 04.112019.
  • Plazo de ejecución:01.01.2019 hasta 18 meses después de resolución definitiva.
  • Inversiones en edificaciones industriales, maquinaria, aparatos y equipos.
  • Préstamos: sobre el 75 de la inversiones, a 10 años con 3 de carencia.
  • Interés del 1,00%.
  • Se requerirá de presentación de garantías en función de estados financieros de la empresa. (10%, 41% o 70%)

enlace a la convocatoria

Ayudas a la internacionalización de PYME de la Región de Murcia

Plazo solicitud: Hasta 31/12/2019

Importe:
Importe mínimo de coste elegible de 10.000 euros. En función de los gastos elegibles descritos en su apartado, siendo los máximos las cantidades que aparecen a continuación:

Ayuda: Máximo 50% ó 150.000,00€

Beneficiario:
PYMES cuya sede se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la pesca y acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas.

Gastos elegibles:

  1. Diagnóstico de posición competitiva y potencial de internacionalización.
  2. Prospección individual en los mercados objetivo para la realización de agendas de trabajo.
  3. Participación en ferias internacionales y exposiciones internacionales con stand propio.
  4. Acciones de marketing internacional, promoción y consolidación del posicionamiento de sus marcas en los mercados internacionales.
  5. Registro de patentes y marcas en los mercados de destino.
  6. Organización de misiones inversas y viajes de familiarización y formación e implantaciones en el exterior.
  7. Implantaciones en el exterior de naturaleza comercial o productiva.

Importe:
Importe mínimo de coste elegible de 10.000 euros. En función de los gastos elegibles descritos en su apartado, siendo los máximos las cantidades que aparecen a continuación:

Para el gasto elegible 1.- 2.000 euros.
Para el gasto elegible 2.- 8.000 euros. Máximo 4 viajes.
Para el gasto elegible 3.- 120.000 euros. Máximo 5 ferias.
Para el gasto elegible 4.- 100.000 euros.
Para el gasto elegible 5.- 20.000 euros.
Para el gasto elegible 6.- 10.000 euros.
Para el gasto elegible 7.- 40.000 euros.