Energías Renovables y Biocarburantes 2021

PROGRAMA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y BIOCARBURANTES 2021


Dirigido a: Empresas y entidades de naturaleza pública o privada, incluyendo empresarios individuales
Fecha límite presentación solicitudes: Desde el 22 de marzo de 2021 hasta el 21 de mayo de 2021 a las 23:59:59 h. (*)
Plazo de justificación: hasta el 17 de diciembre de 2021 para proyectos sin cofinanciación FEDER (energía solar fotovoltaica aislada, mixta eólica-fotovoltáica aislada, eólica aislada y minihidráulica aislada) y hasta el 22 de abril de 2022 para el resto.

Inversiones admitidas a partir de la fecha de solicitud

TIPO DE AYUDA
Subvención a fondo perdido de hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro.
Se establece un máximo de ayuda de 200.000 euros por proyecto .
Las ayudas correspondientes a aplicaciones térmicas contarán con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en un porcentaje del 50%, a través del Programa Operativo de la Comunitat Valenciana 2014-2020
Las ayudas correspondientes a aplicaciones eléctricas se apoyarán exclusivamente con fondos de la Generalitat.

COSTE SUBVENCIONABLES
Inversiones en equipos, montaje e instalaciones
necesarias para conseguir el objetivo de utilización de las energías renovables.
En general, los costes de inversión subvencionables corresponden a los costes suplementarios soportados por el solicitante, en comparación con los de una instalación convencional equivalente en términos de cantidad de energía efectiva generada.

TIPOS DE PROYECTOS

  • Energía Solar Térmica e Instalaciones Híbridas Energía Solar Térmica-Biomasa Térmica
  • Energía solar fotovoltaica aislada e instalaciones mixtas eólica-fotovoltaica aislada.
  • Energía eólica aislada.
  • Biomasa térmica, equipos de tratamiento en campo de biomasa para astillado o empacado, plantas de fabricación de pellets/briquetas, adaptación camiones cisterna para transporte/suministro biomasa
  • Biogás térmico
  • Energía geotérmica
  • Energía minihidráulica aislada.
  • Biocarburantes

La solicitud y toda la tramitación posterior es telemática por lo que se requiere de firma electrónica.

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Apoyo a Inversiones Productivas y Tecnológicas. Región de Murcia

Plazo de solicitud cerrado anticipadamente: 12.04.2021

Beneficiarios:

Proyectos subvencionados:

  • Adquisición de activos materiales e inmateriales nuevos, provenientes de terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas cuya inversión mínima y máxima sea 100.000 y 900.000 euros respectivamente.
  • Quedan excluidas las compras de terrenos, edificios, elementos de transporte exterior y obra civil.

Inversiones admitidas desde el 1 de marzo de 2020 hasta marzo 2022

Cuantía de ayudas:
Subvención a fondo perdido.

  • Empresa mediana: hasta 35%,
  • Empresa pequeña: hasta 40%,
  • Microempresa y autónomos: hasta 45%.
  • Máximo 250.000€ por beneficiario.

Presentación de solicitudes:

Desde el 14.01.2021 hasta 30.04.2021.

Sólo vía telemática.

Ayudas Internacionalización 2021

Objeto

El objeto de la presente resolución es convocar anticipadamente, para el ejercicio 2021, ayudas con el objeto de favorecer la internacionalización de las empresas y la promoción de los productos de la Comunitat Valenciana.

Beneficiarias de las ayudas

Pequeñas y medianas empresas (pymes), con personalidad jurídica propia y domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana.

  • Que empleen a menos de 250 personas.
  • Que su volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o que su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.

Quedan excluidas en esta convocatoria las empresas que estuvieron adscritas al programa de Tutorías de internacionalización gestionado por IVACE en el ejercicio 2017 y posteriores. Se incluyen pues aquellas empresas que lo estuvieran en el ejercicio 2014, 2015 y 2016.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 8 de febrero de 2021 y hasta el 16 de julio de 2021.

La solicitud se presentará junto con la justificación de los gastos derivados del plan de internacionalización ejecutado.

Plazo de ejecución entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021

Importe de la subvención.

Las ayudas previstas en esta resolución podrán alcanzar hasta el 50 % del coste (IVA excluido), de las acciones previstas, correspondiente a los gastos que se especifican como subvencionables en esta resolución. Se establece en 100.000,00 € el presupuesto máximo elegible para cada empresa.

Acciones apoyables y gastos subvencionables

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CNAE Ayudas Industrialización

Listado de CNAE admitidos para esta convocatoria

Será necesaria la presentación de una nota informativa expedida por el Registro Mercantil, o documento oficial equivalente para el caso de cooperativas y sociedades laborales, expedida con fecha no superior a un mes de antelación a la solicitud de la subvención, donde se indiquen los siguientes epígrafes registrales relativos a la empresa solicitante: Datos generales, Capital Social, Administradores/cargos, Apoderados, Inscripciones, Depósitos de cuentas. Si figuraran inscritas situaciones especiales, deberán constar explicadas en la nota informativa o aportarse nota adicional al respecto, lo que será obligatorio en el caso de situaciones
concursales.

Y de un informe de la Seguridad Social sobre la situación del código de cuenta de cotización.

AUTOMOCIÓN, ESPACIAL Y AERONÁUTICA
2910
Fabricación de vehículos de motor
2920 Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques
2931 Fabricación de equipos eléctricos y electrónicos para vehículos de motor
2932 Fabricación de otros componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor
3011 Construcción de barcos y estructuras flotantes
3012 Construcción de embarcaciones de recreo y deporte
3020 Fabricación de locomotoras y material ferroviario
3030 Construcción aeronáutica y espacial y su maquinaria
3040 Fabricación de vehículos militares de combate
3091 Fabricación de motocicletas
3092 Fabricación de bicicletas y de vehículos para personas con discapacidad
3099 Fabricación de otro material de transporte n.c.o.p.
2211 Fabricación de neumáticos y cámaras de caucho; reconstrucción y recauchutado de neumáticos
2651 Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación para el sector de la automoción, el sector espacial y de la aeronáutica, o para cualquiera de los equipos de transporte descritos en los CNAEs anteriores.
2711 Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos para el sector de la automoción, el sector espacial y de la aeronáutica, o para cualquiera de los equipos de transporte descritos en los CNAEs anteriores.
2740 Fabricación de lámparas y aparatos eléctricos de iluminación para el sector de la automoción, el sector espacial y de la aeronáutica, o para cualquiera de los equipos de transporte descritos en los CNAEs anteriores.

BIOTECNOLOGÍA
7219 Otra investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas, siempre y cuando, junto con la solicitud, presenten la documentación que justifique que fabrican un producto final tangible para su comercialización.
7211 Investigación y desarrollo experimental en biotecnología siempre y cuando, junto con la solicitud, presenten la documentación que justifique que fabrican un producto final tangible para su comercialización.
La falta de la adecuada justificación de la condición anterior podrá conllevar la inadmisión de la solicitud y la exclusión de su baremación, sin necesidad de que el órgano instructor requiera previamente a la empresa solicitante para la subsanación de tal defecto.

PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL
591
Actividades de postproducción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión
591 Actividades de producción cinematográfica y de vídeo
591 Actividades de producciones de programas de televisión
5920 Actividades de grabación de sonido y edición musical

PRODUCCIÓN DE VIDEOJUEGOS, ANIMACIÓN, REALIDAD AUMENTADA Y VIRTUAL
5821 Edición de videojuegos
6201 Actividades de programación informática, siempre y cuando, junto con la solicitud, presenten la documentación que justifique que la pyme participa en la producción de videojuegos, animación, realidad virtual o realidad aumentada..
6202 Actividades de consultoría informática siempre y cuando, junto con la solicitud, presenten la documentación que justifique que la pyme participa en la producción de videojuegos, animación, realidad virtual o realidad aumentada.
La falta de la adecuada justificación de la condición anterior podrá conllevar la inadmisión de la solicitud y la exclusión de su baremación, sin necesidad de que el órgano instructor requiera previamente a la empresa solicitante para la subsanación de tal defecto.

CUERO Y CALZADO
1511 Preparación, curtido y acabado del cuero; preparación y teñido de pieles
1512 Fabricación de artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería.
1520 Fabricación de calzado.

CERÁMICA, VIDRIO Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS
2320 Fabricación de productos cerámicos refractarios
2331 Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica
2332 Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción
2341 Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental
2342 Fabricación de aparatos sanitarios cerámicos
2343 Fabricación de aisladores y piezas aislantes de material cerámico
2344 Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico
2349 Fabricación de otros productos cerámicos.
2311 Fabricación de vidrio plano
2312 Manipulado y transformación de vidrio plano
2313 Fabricación de vidrio hueco
2314 Fabricación de fibra de vidrio
2319 Fabricación y manipulado de otro vidrio, incluido el vidrio técnico
2351 Fabricación de cemento
2352 Fabricación de cal y yeso
2361 Fabricación de elementos de hormigón para la construcción
2362 Fabricación de elementos de yeso para la construcción
2363 Fabricación de hormigón fresco
2364 Fabricación de mortero
2365 Fabricación de fibrocemento
2369 Fabricación de otros productos de hormigón, yeso y cemento
2391 Fabricación de productos abrasivos
2399 Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.o.p

FABRICACIÓN DE ENVASES Y EMBALAJES
1624 Fabricación de envases y embalajes de madera
1721 Fabricación de papel y cartón ondulados; fabricación de envases y embalajes de papel y cartón
2222 Fabricación de envases y embalajes de plástico
2592 Fabricación de envases y embalajes metálicos ligeros
2599 Fabricación de otros productos metálicos n.c.o.p.

JUGUETE
3230
Fabricación de artículos de deporte.
3240 Fabricación de juegos y juguetes

FABRICACIÓN DE MADERA, MUEBLES Y APARATOS DE ILUMINACIÓN
0220 Explotación de la madera
1610 Aserrado y cepillado de la madera.
1621 Fabricación de chapas y tableros de madera.
1622 Fabricación de suelos de madera ensamblados.
1623 Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción. 1629. Fabricación de otros productos de madera; artículos de corcho, cestería y espartería.
2740 Fabricación de lámparas y aparatos eléctricos de iluminación no incluidos en el sector de la automoción, espacial y la aeronáutica descritos en este anexo..
3101 Fabricación de muebles de oficina y de establecimientos comerciales.
3102 Fabricación de muebles de cocina.
3103 Fabricación de colchones.
3109 Fabricación de otros muebles

MÁRMOL-PIEDRA NATURAL Y ÁRIDOS
0811 Extracción de piedra ornamental y para la construcción, piedra caliza, yeso, creta y pizarra.
0812 Extracción de gravas y arenas; extracción de arcilla y caolín
2370 Corte, tallado y acabado de la piedra.

METAL-MECÁNICO
2410 Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones
2420 Fabricación de tubos, tuberías, perfiles huecos y sus accesorios, de acero
2431 Estirado en frío
2432 Laminación en frío
2433 Producción de perfiles en frío por conformación con plegado
2434 Trefilado en frío
2441 Producción de metales preciosos
2442 Producción de aluminio
2443 Producción de plomo, zinc y estaño
2444 Producción de cobre
2445 Producción de otros metales no férreos
2446 Procesamiento de combustibles nucleares
2451 Fundición de hierro
2452 Fundición de acero
2453 Fundición de metales ligeros
2454 Fundición de otros metales no férreos
2511 Fabricación de estructuras metálicas y sus componentes
2512 Fabricación de carpintería metálica
2521 Fabricación de radiadores y calderas para calefacción central
2529 Fabricación de otras cisternas, grandes depósitos y contenedores de metal
2530 Fabricación de generadores de vapor, excepto calderas de calefacción central
2540 Fabricación de armas y municiones
2550 Forja, estampación y embutición de metales; metalurgia de polvos
2561 Tratamiento y revestimiento de metales
2562 Ingeniería mecánica por cuenta de terceros
2571 Fabricación de artículos de cuchillería y cubertería
2572 Fabricación de cerraduras y herrajes
2573 Fabricación de herramientas
2591 Fabricación de bidones y toneles de hierro o acero
2593 Fabricación de productos de alambre, cadenas y muelles
2594 Fabricación de pernos y productos de tornillería
2599 Fabricación de otros productos metálicos n.c.o.p.
2611 Fabricación de componentes electrónicos
2612 Fabricación de circuitos impresos ensamblados
2620 Fabricación de ordenadores y equipos periféricos
2630 Fabricación de equipos de telecomunicaciones
2640 Fabricación de productos electrónicos de consumo
2651 Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación no incluidos en el sector de la automoción, el sector espacial y de la aeronáutica descritos en este anexo.
2652 Fabricación de relojes
2660 Fabricación de equipos de radiación, electromédicos y electroterapéuticos
2670 Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico
2680 Fabricación de soportes magnéticos y ópticos
2711 Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos no incluidos en el sector de la automoción, espacial y de la aeronáutica descritos en este anexo.
2712 Fabricación de aparatos de distribución y control eléctrico
2720 Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos
2731 Fabricación de cables de fibra óptica
2732 Fabricación de otros hilos y cables electrónicos y eléctricos
2733 Fabricación de dispositivos de cableado
2740 Fabricación de lámparas y aparatos eléctricos de iluminación no incluidos en el sector de la automoción, espacial y de la aeronáutica descritos en este anexo.
2751 Fabricación de electrodomésticos
2752 Fabricación de aparatos domésticos no eléctricos
2790 Fabricación de otro material y equipo eléctrico
2811 Fabricación de motores y turbinas, excepto los destinados a aeronaves, vehículos automóviles y ciclomotores.
2812 Fabricación de equipos de transmisión hidráulica y neumática
2813 Fabricación de otras bombas y compresores
2814 Fabricación de otra grifería y válvulas
2815 Fabricación de cojinetes, engranajes y órganos mecánicos de transmisión
2821 Fabricación de hornos y quemadores
2822 Fabricación de maquinaria de elevación y manipulación
2823 Fabricación de máquinas y equipos de oficina, excepto equipos informáticos
2824 Fabricación de herramientas eléctricas manuales
2825 Fabricación de maquinaria de ventilación y refrigeración no doméstica
2829 Fabricación de otra maquinaria de uso general n.c.o.p.
2830 Fabricación de maquinaria agraria y forestal
2841 Fabricación de máquinas herramienta para trabajar el metal
2849 Fabricación de otras máquinas herramienta
2891 Fabricación de maquinaria para la industria metalúrgica
2892 Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción
2893 Fabricación de maquinaria para la industria de la alimentación, bebidas y tabaco
2894 Fabricación de maquinaria para las industrias textil, de la confección y del cuero
2895 Fabricación de maquinaria para la industria del papel y del cartón
2896 Fabricación de maquinaria para la industria del plástico y el caucho
2899 Fabricación de otra maquinaria para usos específicos n.c.o.p.
3211 Fabricación de monedas
3212 Fabricación de artículos de joyería y artículos similares
3213 Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares
3220 Fabricación de instrumentos musicales
3250 Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos.

INDUSTRIA DEL PAPEL Y ARTES GRÁFICAS
1711
Fabricación de pasta papelera
1712 Fabricación de papel y cartón
1722 Fabricación de artículos de papel y cartón para uso doméstico, sanitario e higiénico
1723 Fabricación de artículos de papelería
1724 Fabricación de papeles pintados
1729 Fabricación de otros artículos de papel y cartón
1811 Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas
1812 Otras actividades de impresión y artes gráficas
1813 Servicios de preimpresión y preparación de soportes
1814 Encuadernación y servicios relacionados con la misma
1820 Reproducción de soportes grabados.

PLÁSTICO
2219 Fabricación de otros productos de caucho
2221 Fabricación de placas, hojas, tubos y perfiles de plástico
2223 Fabricación de productos de plástico para la construcción
2229 Fabricación de otros productos de plástico
3291 Fabricación de escobas, brochas y cepillos, siempre justifiquen que la fabricación la realizan principalmente con plástico.
1512 Fabricación de artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería siempre que justifiquen que la fabricación la realizan principalmente con plástico.
3230 Fabricación de artículos de deporte siempre que justifiquen que la fabricación la realizan principalmente con plástico.
3299 Otras industrias manufactureras n.c.o.p. siempre que justifiquen que la fabricación la realizan principalmente con plástico.

INDUSTRIA QUÍMICA
2011 Fabricación de gases industriales
2012 Fabricación de colorantes y pigmentos
2013 Fabricación de otros productos básicos de química inorgánica
2014 Fabricación de otros productos básicos de química orgánica
2015 Fabricación de fertilizantes y compuestos nitrogenados
2016 Fabricación de plásticos en formas primarias
2017 Fabricación de caucho sintético en formas primarias
2020 Fabricación de pesticidas y otros productos agroquímicos
2030 Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares; tintas de imprenta y masillas
2041 Fabricación de jabones, detergentes y otros artículos de limpieza y abrillantamiento.
2042 Fabricación de perfumes y cosméticos
2051 Fabricación de explosivos
2052 Fabricación de colas
2053 Fabricación de aceites esenciales
2059 Fabricación de otros productos químicos n.c.o.p.
2060 Fabricación de fibras artificiales y sintéticas
2110 Fabricación de productos farmacéuticos de base
2120 Fabricación de especialidades farmacéuticas

TEXTIL
1310 Preparación e hilado de fibras textiles
1320 Fabricación de tejidos textiles
1330 Acabado de textiles
1391 Fabricación de tejidos de punto
1392 Fabricación de artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir
1393 Fabricación de alfombras y moquetas
1394 Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y redes
1395 Fabricación de telas no tejidas y artículos confeccionados con ellas, excepto prendas de vestir
1396 Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial
1399 Fabricación de otros productos textiles n.c.o.p.
1411 Confección de prendas de vestir de cuero
1412 Confección de ropa de trabajo
1413 Confección de otras prendas de vestir exteriores
1414 Confección de ropa interior
1419 Confección de otras prendas de vestir y accesorios
1420 Fabricación de artículos de peletería
1431 Confección de calcetería
1439 Confección de otras prendas de vestir de punto

VALORIZACIÓN DE MATERIALES
3831 Separación y clasificación de materiales
3832 Valorización de materiales ya clasificados

Definición de PYME en la UE

ANEXO I
Definición de Pequeña y Mediana empresa

Artículo 1. Empresa


Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.

Artículo 2. Efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas

  1. La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones EUR.
  2. En la categoría de las PYME, se define pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones EUR.
  3. En la categoría de las PYME, se define microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones EUR.

Artículo 3. Tipos de empresas considerados para el cálculo de los efectivos y los importes financieros

  1. Es una «empresa autónoma» la que no puede calificarse ni como empresa asociada a tenor del apartado 2, ni como empresa vinculada a tenor del apartado 3
  2. Son «empresas asociadas» todas las empresas a las que no se puede calificar como empresas vinculadas a tenor del apartado 3 y entre las cuales existe la relación siguiente: una empresa (empresa participante) posee, por sí sola o junto con una o más empresas vinculadas, a tenor del apartado 3, el 25 % o más del capital o de los derechos de voto de otra empresa (empresa participada).
    Una empresa podrá, no obstante, recibir la calificación de autónoma, sin empresas asociadas, aunque se alcance o se supere el límite máximo del 25 %, cuando estén presentes las categorías de inversores siguientes, y a condición de que, entre estos, individual o conjuntamente, y la empresa en cuestión no existan los vínculos descritos en el apartado 3:
    a) sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo, personas físicas o grupos de personas físicas que realicen una actividad regular de inversión en capital riesgo (inversores providenciales o business angels) e inviertan fondos propios en empresas sin cotización bursátil, siempre y cuando la inversión de dichos inversores providenciales en la misma empresa sea inferior a 1.250.000 EUR;
    b) universidades o centros de investigación sin fines lucrativos;
    c) inversores institucionales, incluidos los fondos de desarrollo regional;
    d) autoridades locales autónomas con un presupuesto anual de menos de 10 millones EUR y una población inferior a 5.000 habitantes.
  3. Son «empresas vinculadas» las empresas entre las cuales existe alguna de las siguientes relaciones:
    a) una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra empresa;
    b) una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de otra empresa;
    c) una empresa tiene derecho a ejercer una influencia dominante sobre otra, en virtud de un contrato celebrado con ella o de una cláusula estatutaria de la segunda empresa;
    d) una empresa, accionista de otra o asociada a otra, controla sola, en virtud de un acuerdo celebrado con otros accionistas o socios de la segunda empresa, la mayoría de los derechos de voto de sus accionistas o socios.
    Se presumirá que no existe influencia dominante cuando los inversores enumerados en el apartado 2, párrafo segundo, no tengan implicación directa o indirecta en la gestión de la empresa en cuestión, sin perjuicio de los derechos que les correspondan en su calidad de accionistas.
    Las empresas que mantengan cualquiera de las relaciones contempladas en el párrafo primero a través de otra u otras empresas, o con los inversores enumerados en el apartado 2, se considerarán también vinculadas.
    Asimismo, se considerarán empresas vinculadas las que mantengan alguna de dichas relaciones a través de una persona física o un grupo de personas físicas que actúen de común acuerdo, si dichas empresas ejercen su actividad o parte de la misma en el mismo mercado de referencia o en mercados contiguos.
    Se considerará «mercado contiguo» el mercado de un producto o servicio situado en una posición inmediatamente anterior o posterior a la del mercado en cuestión.
  4. A excepción de los casos citados en el apartado 2, párrafo segundo, una empresa no podrá ser considerada PYME si el 25 % o más de su capital o de sus derechos de voto están controlados, directa o indirectamente, por uno o más organismos públicos, conjunta o individualmente.
  5. Las empresas podrán efectuar una declaración relativa a su calificación como empresa autónoma, asociada o vinculada, así como a los datos relativos a los límites enunciados en el artículo 2. Podrá efectuarse esta declaración, aunque el capital esté distribuido de tal forma que no se pueda determinar con precisión quién lo posee, en cuyo caso la empresa podrá declarar de buena fe que puede tener la presunción legítima de que el 25 % o más de su capital no pertenece a otra empresa ni lo detenta junto con empresas vinculadas entre sí. Tales declaraciones no eximirán de los controles y verificaciones previstos por las normativas nacionales o de la Unión.