🔗 Consulta la convocatoria completa aquí: IVACE – INNOVA-CV 2025
INNOVA-CV 2025 – INNOVACIÓN DE PYME

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Convocadas las ayudas de I+D, Innovación y Digitalización CV para Pymes de la Comunidad Valenciana.
Beneficiarias: Pymes con sede en Comunidad Valenciana con al menos 2 personas, y CNAE:
a) Secciones C -Divisiones 10 a 33.
b) Sección H-Divisiones 49 a 52.
AYUDAS A FONDO PERDIDO
45% pequeña empresa
35% mediana empresa
Convocadas las ayudas de I+D, Innovación y Digitalización CV para Pymes de la Comunidad Valenciana.
Beneficiarias: Pymes con sede en Comunidad Valenciana con al menos 2 personas, y CNAE:
a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.
b) Sección H-Divisiones 49 a 53.
c) Sección J-Divisiones 58 a 63.
d) Sección M-Divisiones 69 a 74.
Solicitud telemática. Ayudas hasta el 45% pequeña empresa y 35% mediana empresa.
Empresas con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la solicitud, y que deberá mantenerse como mínimo hasta el momento de la presentación de la justificación, que cuenten con al menos diez personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas debiendo mantener al menos, o incrementar dicho número, durante el período de ejecución del proyecto, y que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2007):
En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.
Los proyectos tendrán como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos para la empresa solicitante o una mejora significativa de los ya fabricados por ella, directamente relacionados con la lucha contra la COVID-19, como los medicamentos (incluidas las vacunas) y tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas; los productos sanitarios, los equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección, así como las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias; los desinfectantes y sus productos intermedios y las materias primas químicas necesarias para su producción; y las herramientas de recogida/tratamiento de datos.
Subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía máxima del 75%. La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 400.000 euros.
Sujeta al régimen de MINIMIS.
Presentación solicitudes: Desde el 1/9/2020 hasta el 21/9/2020 (a las 23:59:59 horas)*
Plazo de ejecución (y periodo subvencionable del gasto): desde el 14/03/2020 hasta el 30/11/2020
Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 30/11/2020.
a) Servicios externos:
a.1) Servicios de consultoría y asistencia técnica: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
a.2) Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, así como marcado CE y otras formas de homologación o certificación
b) Adquisición de activos inmateriales:
b.1) Adquisición de patentes y licencias.
b.2) Software necesario para el desarrollo de los nuevos productos.
c) Personal propio: Podrá considerarse elegible solo hasta un 30% de los gastos del personal planteados.
d) Adquisición de activos materiales: destinados a la adaptación técnica y la puesta en marcha para la producción de los nuevos desarrollos.
e) Costes de los ensayos en línea de las nuevas instalaciones de producción
Por concurrir razones de interés público, económico y social, estas subvenciones se concederán de forma directa, sin comparación de solicitudes, a partir de una relación de las solicitudes presentadas, con indicación de fecha de entrada del expediente completo, concurrencia de los requisitos y criterios exigidos para la concesión directa, y el importe de la subvención que correspondería a cada empresa solicitante hasta el agotamiento del crédito consignado.
enlace al DOGV 8894 de 31.08.2020
Plazo de presentación: Desde el 18 de julio al 30 de julio de 2020, ambos incluidos.
Plazo de ejecución: desde 1 de febrero hasta 31 de diciembre de 2020.
Líneas de actuación
Importe máximo de la ayuda.
El importe máximo de la ayuda a conceder para todos los tipos de inversión será del 80% sobre el presupuesto financiable.
Se establecen además los siguientes importes máximos de ayuda por partida financiable:
Máximo de 500.000 euros por entidad jurídica.
Beneficiarios
Entidades privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España, y que vayan a desarrollar un proyecto para la producción industrial de dispositivos médicos y equipos y material sanitario y de protección individual y aquellos otros productos, como principios activos, sustancias químicas, medicamentos, u otros productos, que sean considerados de emergencia por el Gobierno en relación con el COVID-19, entre otros:
Los productos deberán ser fabricados en territorio nacional y deberán cumplir los requisitos establecidos por las autoridades.
Conceptos de gastos financiables
Edificación: inversiones para la adecuación de naves industriales estrictamente necesarias para la operación de los aparatos y equipos imputados en el siguiente epígrafe b).
Aparatos y Equipos: Adquisición de aparatos y equipos materiales y/o amortización de aparatos y equipos existentes, directamente vinculados a la producción de los bienes a los que se refiere esta orden, excluidos los elementos de transporte exterior.
Ingeniería de proceso de producción: colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en el párrafo anterior. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
Gastos de validación técnica: gastos relacionados con la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, la obtención de las evaluaciones de la conformidad o las autorizaciones necesarias para la comercialización de vacunas y medicamentos, productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y equipos de protección individual, con exclusión expresa de gastos de personal interno.
Solicite más información aquí
Dirigido a:
PYME de la Comunitat Valenciana. Actividades encuadradas en los epígrafes de la sección C-Divisiones 10 a 33 CNAE 2009.
Presentación solicitudes: Desde el 14/5/2020 hasta el 4/6/2020
Plazo de ejecución: desde el 1/2/2020 hasta el 31/12/2020
Plazo de justificación: hasta el 4/2/2021
Objetivo:
El desarrollo y fabricación de nuevos productos para la empresa solicitante o una mejora significativa de los ya fabricados por ella, en el ámbito de los artículos sanitarios, de protección o de otros necesarios para afrontar emergencias sanitarias y sus consecuencias, como en el caso de la pandemia ocasionada por el COVID-19.
El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real. No se admite la mera adquisición y puesta en funcionamiento de bienes de equipo, cuando no está vinculada a un proyecto de desarrollo de un producto con las características anteriormente señaladas.
Subvención a fondo perdido
─ Pequeña empresa: hasta el 45%
─ Mediana empresa: hasta el 35%
La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 200.000 euros.
Costes subvencionables
a) Servicios externos:
a.1) Servicios de consultoría y asistencia técnica: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
Es imprescindible la contratación de algún servicio de consultoría o asistencia técnica de las características previstas en este apartado, para que el proyecto pueda ser aprobado.
a.2) Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, así como marcado CE y otras formas de homologación
b) Adquisición de activos inmateriales:
b.1) Adquisición de patentes y licencias.
b.2) Software necesario para el desarrollo de los nuevos productos.
c) Personal propio. El coste máximo subvencionable en este concepto será 40.000 euros.
d) Adquisición de activos materiales: adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices, necesariamente relacionados con la puesta en producción de nuevos productos acordes a la convocatoria, y de bienes de equipo y servicios necesarios para la elaboración de un prototipo verificable de la solución desarrollada.
Se reanuda plazo de presentación de solicitudes
Con efectos desde el 14 de julio a las 12.00 horas (hora peninsular) hasta el 17 de julio de 2020, a las 12.00 horas (hora peninsular), con la finalidad principal de recibir solicitudes para proyectos de inversión dirigidos a la producción de vacunas * frente al SARS-COV-2 / COVID-19.
Dirigidos a la fabricación de * cualquier producto, materia prima, reactivo, sistema de cultivo, ingrediente, aditivo o adyuvante, material de envase, componente de sistema de administración, considerado de utilidad en la producción de vacunas frente al SARS-COV-2 / COVID-19; desde la producción del antígeno hasta la formulación, elaboración, control de calidad, envasado y embalaje de las dosis vacunales. RESOLUCIÓN
Sólo se concederá una ayuda por beneficiario.
La intensidad máxima de las ayudas será del 80% presupuesto elegible. La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiarios y de las disponibilidades presupuestarias.
Proyectos de I+D:
Actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental relacionadas con la COVID-19, incluyendo la investigación sobre vacunas, medicamentos y tratamientos, productos sanitarios y equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y ropa y equipos de protección, así como las innovaciones de procesos pertinentes con vistas a una producción eficiente de los productos necesarios.
Proyectos de Inversión:
Inversiones para la fabricación de productos relacionados con la COVID-19. Se incluyen en este concepto los medicamentos (incluidas vacunas) y los tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas; los productos sanitarios, los equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección, y las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias para su producción; y las herramientas de recogida / tratamiento de datos.
Costes elegibles Proyectos de I+D:
Costes elegibles Proyectos de Inversión:
Los fondos son pocos: 12.000.000€, y la concesión directa. Cuando antes se presenten mejor.
Si desean más información contacten a vuelta de email.