Se podrán presentar solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2022.
GASTOS FINANCIABLES ELEGIBLES aquellos que consistan o bien en la adquisición de activos fijos, o bien en el sostenimiento del capital circulante.
- Adquisición y acondicionamiento de terrenos para su utilización en la producción de los bienes y servicios que constituyen la actividad principal de la empresa.
- Adquisición y construcción de naves industriales, e instalaciones técnicas para el desarrollo de la actividad principal de la empresa.
- Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.
- Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
- Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Mobiliario.
- Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación, hasta un máximo de 25.000 euros, con la excepción de aquellos solicitantes cuyo objeto social consista en el arrendamiento de estos elementos patrimoniales. A este respecto, la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera no se considerará en ningún caso como gasto financiable elegible a los efectos de esta Convocatoria.
- Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.
- Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.
IMPORTE: El valor nominal del préstamo séra hasta 1.000.000,00€ ; si bien, el valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión objeto de financiación. No obstante lo anterior, el préstamo del IVF podrá financiar hasta el 100% del valor de los gastos de consultoría y calificación crediticia necesarios para optar a la financiación en el marco de la Convocatoria.
PLAZO/CARENCIA: De 4 a 10 años, con un máximo de 2 años de carencia
COMISIONES: No se aplicarán comisiones de apertura ni cancelación de los préstamos.
TIPOS DE INTERÉS: Se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con límite inferior 0%, y un margen por riesgo de crédito equivalente al 1%.
TRAMO NO REEMBOLSABLE (TNR): Las operaciones financieras incorporan un componente de ayuda, vinculado a la aplicación de un tramo no reembolsable (TNR) del préstamo, que no podrá superar un porcentaje máximo del 20% del valor nominal de la operación.
REQUISITOS:
- El beneficiario tendrá su domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad en la Comunitat Valenciana.
- El beneficiario será una pequeña o mediana empresa, con arreglo a la definición del anexo I de esta Convocatoria. (enlace aquí)
- Los beneficiarios de la financiación bonificada operarán necesariamente en cualquier sector de actividad de los enumerados en el anexo II. (enlace aquí)
- El beneficiario contará con una antigüedad mínima de dos años, y habrá depositado en el Registro Mercantil las cuentas anuales correspondientes a los ejercicios 2020 y 2021, en las que constará un importe neto de la cifra de negocios superior o igual a 100.000 euros para cada uno de los ejercicios mencionados.
- El beneficiario estará en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y,
en particular, en materia de competencia, contratación del sector público y medio ambiente.
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