Estrategia para la Reindustrialización de la Comunitat Valenciana 2024-2028
Plazo de solicitud: pendiente de convocatoria
Régimen: Minimis y concurrencia competitiva
Ayuda: 🔹 Subvención del 30% hasta un máximo de 200.000 €
Beneficiarias
PYMEs que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva en la Comunitat Valenciana.
Actividad vinculada directamente a los sectores industriales de la convocatoria.
Sectores industriales beneficiarios
Automoción, sector espacial, aeronáutica y semiconductores.
Biotecnología, producción audiovisual, videojuegos, animación y realidad aumentada/virtual.
Cerámica, vidrio y materiales de construcción no metálicos.
Cuero y calzado.
Envases y embalajes.
Juguete, artículos de deporte e industrias manufactureras.
Hábitat (madera, muebles, baños, cocinas, iluminación).
Mármol, piedra natural y áridos.
Metal-mecánico.
Papel y artes gráficas.
Plástico.
Químico.
Textil.
Valorización de materiales.
Gastos Subvencionables
🏭 Activos Materiales
Maquinaria, aparatos y equipos vinculados a la producción.
Moldes y matrices.
Equipos para certificación y control de calidad.
Laboratorios internos y salas blancas.
Depuradoras y sistemas de reducción de residuos y emisiones.
Equipamiento de logística y transporte interno.
Sistemas de prevención y extinción de incendios.
Equipamiento para seguridad industrial.
Condición: Todos los activos deben estar inscritos en el inventario de la empresa beneficiaria.
💡 Activos Inmateriales
Patentes, marcas y modelos de utilidad.
Diseños industriales o de producto.
Software especializado para procesos industriales (modelización, simulación, automatización, mantenimiento preventivo, ERP, CRM, etc.).
Certificaciones, homologaciones y normalizaciones.
Condición: No se subvencionarán activos sin marcado CE o sin número de serie.
⚙️ Otros Costes Subvencionables
Costes de traslado y puesta en funcionamiento (grúas, montaje/desmontaje).
Costes de conexión y adaptación de activos.
Compra de activos fijos de segunda mano, siempre que su precio sea inferior al de bienes nuevos y no supere el valor de mercado.
📅 Plazos Clave
Inicio del proyecto: 1 de enero de 2026
Fin del plazo de ejecución: Fecha límite de justificación
Plazo máximo de puesta en marcha de activos: Posibilidad de ampliación hasta 9 meses después del plazo de justificación
Se admitirán pagos realizados en 2025 si los activos no pudieron ponerse en funcionamiento por causas ajenas a la empresa, siempre que entren en servicio dentro del plazo de justificación.
Condición: Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cumplimiento de Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

