Convocadas las ayudas para DIGITALIZA-CV para Pymes de la Comunidad Valenciana.
Beneficiarias: Pymes con sede en Comunidad Valenciana con al menos 2 personas, y CNAE:
a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.
b) Sección H-Divisiones 49 a 53.
c) Sección J-Divisiones 58 a 63.
d) Sección M-Divisiones 69 a 74.
Digitaliza CV: implantación de software de gestión y mejora de procesos.
Plazo de Ejecución: desde 01.01.2022 hasta 31.12.2022; justificación hasta 09.02.2023
Plazo de solicitud: desde 12.01.2022 hasta 03.03.2022
Subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
Pequeña empresa: hasta el 40%
Mediana empresa: hasta el 30%
- La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros.
- Solicitud telemática.
- Solo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.
- Conceptos subvencionables: Licencias, desarrollo de aplicaciones, hardware y consultoría externa.
Actuaciones apoyables:
Sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios:
- Aplicaciones PLM, CAD, CAM, CAE, PDM, DFM y de soporte remoto de productos.
- Soluciones de modelización, simulación y virtualización de procesos.
Adaptación a la industria 4.0, implantación de gemelos digitales, control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso:
- Aplicaciones de realidad aumentada y realidad virtual.
- Sistemas de Control Numérico.
- Sistemas MES.
- Sistemas SCADA.
- Aplicaciones para facilitar el mantenimiento preventivo.
- Robots industriales (norma ISO 8373).
- Sistemas de visión artificial.
- Sistemas automatizados de almacenamiento y logística interna.
- Sistemas de fabricación aditiva e impresión 3D.
- Sensorización de productos, servicios o procesos con objeto de procesar la información obtenida de los mismos.
- Implantación de PLC.
- Virtualización de procesos
Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular:
- Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, entre otras ERP, SCM, MRP, aplicaciones de Business Intelligence, analítica “big data”, minería de datos, integración de datos e inteligencia artificial.
- Sistemas CRM y aplicaciones interactivas de comercio electrónico (B2B o B2C) que integren también facturación y logística
- Aplicaciones destinadas a actuaciones de economía circular.
Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos, inteligencia artificial:
- Dispositivos y aplicaciones de telecomunicación.
- Soluciones basadas en cloud computing.
- Aplicaciones big data.
- Soluciones de seguridad de la información y las comunicaciones.
- Soluciones para la digitalización de productos y dispositivos para dotarlos de funcionalidad IoT.
- Soluciones basadas en técnicas de inteligencia artificial.
No se considerarán subvencionables los bienes y servicios adquiridos o prestados por personas, entidades o empresas vinculadas con la empresa beneficiaria, entendiendo por tales las que respondan a la definición del artículo 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos sobre la renta.