DIGITALIZA-CV – SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN DE PYME 2024

Convocadas las ayudas para DIGITALIZA-CV para Pymes de la Comunidad Valenciana.

Beneficiarias: Pymes con sede en Comunidad Valenciana con al menos 2 personas, y CNAE:

        a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.
        b) Sección H-Divisiones 49 a 52.
        c) Sección M-Divisiones 72. 

Digitaliza CV: implantación de software de gestión y mejora de procesos.

Plazo de Ejecución: desde 01.01.2024 hasta 31.12.2024; justificación hasta 06.02.2024
Plazo de solicitud: desde 09/01/2024 hasta 22/02/2024

  • Presupuesto mínimo subvencionable 15.000€.
  • Solicitud telemática.
  • Solo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.
  • Conceptos subvencionables: Licencias, desarrollo de aplicaciones, hardware y consultoría externa.

Subvención a fondo perdido hasta el 30%

Actuaciones apoyables:

Sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios:

  • Aplicaciones PLM, CAD, CAM, CAE, PDM, DFM y de soporte remoto de productos.
  • Soluciones de modelización, simulación y virtualización de procesos.

Adaptación a la industria 4.0, implantación de gemelos digitales, control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso:

  • Aplicaciones de realidad aumentada y realidad virtual.
  • Sistemas de Control Numérico.
  • Sistemas MES.
  • Sistemas SCADA.
  • Aplicaciones para facilitar el mantenimiento preventivo.
  • Robots industriales (norma ISO 8373).
  • Sistemas de visión artificial.
  • Sistemas automatizados de almacenamiento y logística interna.
  • Sistemas de fabricación aditiva e impresión 3D.
  • Sensorización de productos, servicios o procesos con objeto de procesar la información obtenida de los mismos.
  • Implantación de PLC.
  • Virtualización de procesos

Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular:

  • Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, entre otras ERP, SCM, MRP, aplicaciones de Business Intelligence, analítica “big data”, minería de datos, integración de datos e inteligencia artificial.
  • Sistemas CRM y aplicaciones interactivas de comercio electrónico (B2B o B2C) que integren también facturación y logística
  • Aplicaciones destinadas a actuaciones de economía circular.

Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos, inteligencia artificial:

  • Dispositivos y aplicaciones de telecomunicación.
  • Soluciones basadas en cloud computing.
  • Aplicaciones big data.
  • Soluciones de seguridad de la información y las comunicaciones.
  • Soluciones para la digitalización de productos y dispositivos para dotarlos de funcionalidad IoT.
  • Soluciones basadas en técnicas de inteligencia artificial.

No se considerarán subvencionables los bienes y servicios adquiridos o prestados por personas, entidades o empresas vinculadas con la empresa beneficiaria, entendiendo por tales las que respondan a la definición del artículo 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos sobre la renta.

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