Reindustrialización 2019

14.02.2020 propuestas de resolución provisional

Presentación hasta el 04.11.2019

  • Plazo de solicitud:26.09.2019 hasta 04.112019.
  • Plazo de ejecución:01.01.2019 hasta 18 meses después de resolución definitiva.
  • Inversiones en edificaciones industriales, maquinaria, aparatos y equipos.
  • Préstamos: sobre el 75 de la inversiones, a 10 años con 3 de carencia.
  • Interés del 1,00%.
  • Se requerirá de presentación de garantías en función de estados financieros de la empresa. (10%, 41% o 70%)

enlace a la convocatoria

Industrialización 2019 RESOLUCIÓN

100% solicitudes presentadas por KMS, aprobadas

La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha publicado en el DOGV núm. 8589 de 11 de julio de 2019, la siguiente:

RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2019, de la directora general de Industria y Energía, por la que se resuelve la concesión de las ayudas convocadas por la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2019, de ayudas para mejo-rar la competitividad y sostenibilidad de las pymes indus-triales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, már-mol, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, productos infantiles, papel y artes gráficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología y la producción de video-juegos, dentro de la segunda fase de implantación del Plan estratégico de la industria valenciana.

IMPORTANTE

  • Fin de plazo de justificación: 31 Octubre 2019.
  • Las inversiones deberán haberse realizado entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2019. Resuelvo Cuarto 1.
  • Las inversiones deberán estar en funcionamiento en la empresa en el momento de la justificación, se puede prorrogar previa solicitud y autorización de la Conselleria. Resuelvo Tercero.
  • La justificación ha de certificarse por auditor inscrito en el ROAC. Resuelvo Cuarto C.

Para más información contacte aqui.

Acceso a RESOLUCIÓN de convocatoria de Industrialización 2019.

Ayudas a la internacionalización de PYME de la Región de Murcia

Plazo solicitud: Hasta 31/12/2019

Importe:
Importe mínimo de coste elegible de 10.000 euros. En función de los gastos elegibles descritos en su apartado, siendo los máximos las cantidades que aparecen a continuación:

Ayuda: Máximo 50% ó 150.000,00€

Beneficiario:
PYMES cuya sede se localice en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la pesca y acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas.

Gastos elegibles:

  1. Diagnóstico de posición competitiva y potencial de internacionalización.
  2. Prospección individual en los mercados objetivo para la realización de agendas de trabajo.
  3. Participación en ferias internacionales y exposiciones internacionales con stand propio.
  4. Acciones de marketing internacional, promoción y consolidación del posicionamiento de sus marcas en los mercados internacionales.
  5. Registro de patentes y marcas en los mercados de destino.
  6. Organización de misiones inversas y viajes de familiarización y formación e implantaciones en el exterior.
  7. Implantaciones en el exterior de naturaleza comercial o productiva.

Importe:
Importe mínimo de coste elegible de 10.000 euros. En función de los gastos elegibles descritos en su apartado, siendo los máximos las cantidades que aparecen a continuación:

Para el gasto elegible 1.- 2.000 euros.
Para el gasto elegible 2.- 8.000 euros. Máximo 4 viajes.
Para el gasto elegible 3.- 120.000 euros. Máximo 5 ferias.
Para el gasto elegible 4.- 100.000 euros.
Para el gasto elegible 5.- 20.000 euros.
Para el gasto elegible 6.- 10.000 euros.
Para el gasto elegible 7.- 40.000 euros.

Ahorro y Eficiencia Energética en la Industria 2019

Presentación solicitudes: Desde el 06 de marzo de 2019  hasta el 16 de abril de 2019
Plazo de ejecución: desde solicitud hasta 28.05.2020
Plazo de justificación: hasta el 19 de diciembre de 2019 para proyectos sin cofinanciación FEDER y hasta el 28 de mayo de 2020 para el resto.

Tipo de ayuda:

Subvención a fondo perdido con una cuantía máxima será del 30% del coste subvencionable, pudiendo incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y medianas empresas, con un máximo de 300.000 € por proyecto.

Actuaciones apoyables:
  • Sustitución de equipos e instalaciones consumidoras de energía por equipos e instalaciones que utilicen tecnologías de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible, con objeto de reducir el consumo energético y las emisiones de CO2. Serán apoyables tanto la sustitución de equipos de proceso como la de los equipos auxiliares consumidores de energía (calderas, compresores, quemadores, motores eléctricos, etc.)
  • Recuperación de calores residuales.
  • Mejora del rendimiento de los equipos existentes: variadores de frecuencia en motores, incorporación de motores de alta eficiencia energética en equipos, etc.
  • Proyectos de mejora energética de iluminación en fábricas de producción, almacenes y cualquier otro tipo de edificio que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE). Los proyectos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE), por ejemplo, edificios de oficinas en plantas industriales, deberán presentarse dentro de la actuación ED33 del programa de ahorro y eficiencia energética en la edificación.
  • Proyectos de mejora energética de los sistemas de climatización en fábricas de producción, almacenes y cualquier otro tipo de edificio que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE). Los proyectos de mejora de las instalaciones térmicas en edificios existentes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE), por ejemplo, edificios de oficinas en plantas industriales, deberán presentarse dentro de la actuación ED32 del programa de ahorro y eficiencia energética en la edificación.
Costes subvencionables:
  • Las inversiones en equipos e instalaciones auxiliares (tuberías, líneas eléctricas, válvulas, conexiones, etc.) asociadas directamente al proyecto de ahorro de energía.
  • En el caso de que el proyecto de ahorro suponga un cambio de combustible a gas natural, se considerará también coste subvencionable la instalación de gas natural desde contadores de gas hasta los equipos consumidores finales, la Estación de Regulación y Medida, y/o la instalación de gas natural licuado, incluido el depósito y elementos auxiliares (evaporadores, válvulas, etc.). El combustible sustituido deberá ser electricidad o un producto derivado del petróleo, no siendo apoyable si el combustible sustituido es biomasa o cualquier combustible renovable.
  • Las inversiones necesarias para el montaje y puesta en marcha de los equipos e instalaciones auxiliares señalados en el apartado anterior.

Se considerarán sólo proyectos cuya inversión elegible sea superior a 10.000 euros.

DOGV núm. 8499 de 05.03.2019 AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LA INDUSTRIA 2019

Ayudas Industrialización 2019.

Convocatoria 2019 cerrada

Ayudas Industrialización 2019 para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera – mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, productos infantiles, papel y artes gráficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, producción audiovisual y la producción de videojuegos, dentro de la segunda fase de implantación del Plan Estratégico de la Industria Valenciana.

Datos relevantes:
  1. Plazo de presentación hasta 25.02.2019.
  2. Ayuda hasta 35%, máximo 200.000€. Ayudas en régimen de minimis.
  3. Beneficiarios: Pymes industriales de la Comunidad Valenciana.
  4. Conceptos subvencionables: Adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.
  5. Plazo de ejecución: año 2019 hasta 30.10.2019, podrían pedirse prorrogas.
Información detallada Ayudas Industrialización 2019

Empresas beneficiarias Ayudas Industrialización 2019:

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directamente a los sectores industriales objeto de esta convocatoria.

Gastos subvencionables Ayudas Industrialización 2019:

1. Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que se encuadren en alguna de las categorías:

a) Adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior, y a condición de que sean necesarios para la creación, traslado, ampliación o mejora del establecimiento industrial o de las líneas de producción. Se excluyen los ordenadores personales,servidores, impresoras de documentos, tabletas, consolas o similares, así como otros equipos que no formen parte directa de las líneas de producción.

b) Adquisición de activos inmateriales directamente vinculados a la producción, incluyendo en su caso los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se incluyen aquí en todo caso las licencias de software, excluidas las que sean de propósito general como sistemas operativos, aplicaciones de redes, comunicaciones o correo, paquetes de ofimática, edición y/o tratamiento de textos o imágenes. También se considerarán activos inmateriales el desarrollo de aplicaciones a medida vinculadas directamente a la producción, así como el pago de costes por uso de soluciones y aplicaciones necesarias para la producción, desde el 1 de enero de 2019 hasta la fecha de justificación. También se admitirá la adquisición de derechos de propiedad industrial, como patentes, licencias o diseños industriales, obtenidos de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

c) Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención, por empresa auditora externa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de seiscientos euros, IVA excluido,por solicitud.

d) Costes de ingeniería industrial por colaboraciones externas que sean intrínsecamente necesarios para alguna de las actuaciones subvencionables, siempre que estén directamente vinculados con los activos que se adquieran. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada. La partida de ingeniería industrial máxima que se tendrá en cuenta para calcular el importe de la ayuda, no podrá superar ni el 15 % del total de los gastos subvencionables, ni el importe de 20.000 euros, IVA excluido.

Actuaciones subvencionables Ayudas Industrialización 2019:

1. Solo podrán subvencionarse, con arreglo a esta convocatoria, los proyectos de inversión industrial que se encuadren en alguna de las siguientes tipologías:

a) Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto de la Comunitat Valenciana.

b) Traslado de establecimientos industriales: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto de la Comunitat Valenciana.

c) Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción: realización de inversiones de adquisición de activos, que permitan la modernización de líneas de producción existentes, o generen la implantación de nuevas líneas de producción, en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud en cualquier punto de la Comunitat Valenciana.

2. Las inversiones industriales de cualquiera de las anteriores tipologías deberán ser viables técnicamente según el estado actual de la tecnología a escala industrial. Quedan fuera las meras reparaciones y acciones de mantenimiento de maquinaria preexistente y/o de parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción.

3. El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 25.000 euros, IVA excluido. Las solicitudes cuyo presupuesto subvencionable total no alcance dicho importe mínimo serán desestimadas.

DOGV núm. 8456 de 03.01.2019

Promoción Exterior 2019

La Generalitat Valenciana presenta los planes de ayuda a la Promoción Exterior 2019 de las Pymes con sede social en la Comunidad Valenciana.

Se ha abierto la convocatoria de ayudas a participación ferias y otras acciones de Promoción Exterior de las empresas para 2018-2019. Tened en cuenta que el presupuesto máximo admisible es de 100.000€, la ayuda puede llegar al 50%.

Acciones subvencionables:

1. Participación en certámenes feriales internacionales:

1.1. Participación, de forma agrupada o individual, en los certámenes feriales internacionales celebrados, entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de junio de 2019, en el estado español y reconocidos con este carácter por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
1.2. Participación, de forma agrupada o individual, en ferias internacionales que se celebren fuera del estado español, entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de junio de 2019.
En ambos casos, tendrán la consideración de gastos subvencionables los relativos a la contratación del espacio (metros cuadrados) en dichos certámenes internacionales.

2. Gastos de alojamiento y desplazamiento a los mercados internacionales incluidos en el plan de promoción internacional detallado en la memoria, siendo el importe máximo subvencionable de 10.000 euros.

3. Servicios relacionados directamente con la ejecución del plan de marketing internacional, en concreto:

3.1 publicidad en medios extranjeros.
3.2 publicidad o inscripción en portales o directorios on-line y mercados electrónicos internacionales. incluidos costes CPC en publicidad y redes sociales.
3.3 comunicación on-line y off-line relacionada con el desarrollo de campañas de comunicación internacionales, hasta un importe máximo de 6.000 euros.

4. Servicios relacionados con el proceso de registro de marca en países fuera de la Unión Europea.

5. Servicios relacionados con el proceso de certificación y registro de productos necesarios para la comercialización de los productos en los países fuera de la Unión Europea.

6. Servicios relacionados con la creación de la página web y con la elaboración de material promocional, catálogos, folletos y cartelería diversa, así como la adaptación correspondiente a los mercados internacionales, hasta un importe máximo de 10.000 euros.

7. Gastos de personal en comercio exterior, contratado para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa.

8. Servicios relacionados con la participación en pliegos de licitaciones en mercados exteriores así como su traducción si fuera necesaria.

9. Otros servicios y gastos hasta 10.000€.

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 4 de febrero de 2019 y hasta el 10 de julio de 2019.

Plazo de ejecución de actuaciones: Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de junio de 2019.

Las ayudas en Promoción Exterior previstas en esta resolución podrán alcanzar hasta el 50 % del coste (IVA excluido), de las acciones previstas, correspondiente a los gastos que se especifican como subvencionables en esta convocatoria.

Se establece en 100.000,00 € el presupuesto máximo elegible para cada empresa. Este límite operará sobre el total de acciones solicitadas.

Ayudas a la Innovación 2019

INNOVAProD-CV

Ayudas a la Innovación de producto. Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos  o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante.  Un producto tendrá la consideración de nuevo o mejorado, cuando suponga una modificación significativa en sus características o en el uso a que se destina. Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales. El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real.
Presupuesto mínimo: 15.000 €.
Ayuda a fondo perdido: 25%, máximo 75.000 €.

INNOVAProC-CV

Ayudas a la Innovación de proceso. Proyectos consistentes en la realización de acciones de alguna de estas tipologías:

  • Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua.
  • Readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia:
    • Cambios en procesos para la obtención de productos y servicios basados en el ecodiseño.
    • Transformación de procesos que supongan la incorporación de tecnologías ecoeficientes.
    • Cambios en procesos para uso eficiente de recursos.
    • Modificación en procesos para facilitar el reciclaje, la reutilización y la valorización de residuos, la clasificación de subproductos, y la simbiosis industrial.
    • Cambios en procesos para garantizar la trazabilidad del producto.Presupuesto mínimo: 12.000 €.
      Ayuda a fondo perdido: 25%, máximo 75.000 €.

INNOVAi4.0-CV

Adaptación industria 4.0.   Proyectos que tengan como objetivo la transformación de pymes manufactureras hacia un modelo productivo de fabricación avanzada mediante la incorporación de nuevas tecnologías digitales y aplicaciones, que necesariamente deberán tener como resultado la puesta en marcha de nuevas soluciones que incorporen estas tres características: Digitalización del mundo real, con la captura en tiempo real de parámetros relevantes para su caracterización; transmisión de la información digital a lo largo de la cadena de valor; procesamiento y análisis inteligente de los datos que posibilite acciones en base a la información obtenida.

Presupuesto mínimo: 30.000 €.
Ayuda a fondo perdido: 25%, máximo 100.000 €.

INNOVATeiC-CV

Ayudas a la Innovación soluciones TEICs.   Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida. El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización. Se admitirán igualmente nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas.

Presupuesto mínimo: 15.000 €.
Ayuda a fondo perdido: 25%, máximo 75.000 €.

Plazo solicitud: hasta el 27/03/2018.
Plazo ejecución: desde 01/01/2018 hasta 12/09/2019.

Conceptos Subvencionables:

a) Servicios de consultoría y asistencia técnica.
b) Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales.
c) Adquisición de activos inmateriales.
d) Personal propio.
e) Adquisición de activos materiales.
f) Personal propio.

texto de la convocatoria